Articulista invitado
En el año que recién terminó, los mexicanos hemos vivido una serie de reformas constitucionales que mantuvieron activos a diferentes sectores de la sociedad, su sola discusión era ¡impensable!, se consideraba un “tabu”, tal es el caso de la reforma política; sobre todo, por los temas que en la misma se aprobaron.
Uno de los tópicos legislados y que rompieron con años de tradición política, en el sentido de ser un legado histórico, fue el de la “reelección”, lo cual era considerado como la base de nuestro sistema político, de tal suerte, que en nuestro país se fue creando una cultura anti reeleccionista.
Independientemente de los antecedentes políticos-jurídicos de la no reelección y del contexto histórico en el que este surge; lo cierto es, que en el año 2013, con la reforma política, senadores, diputados y alcaldes pueden reelegirse.
Podemos hablar de una reelección relativa, misma que alcanza a los alcaldes electos del Estado de Veracruz, para el periodo del año 2018, no olvidemos que en el año 2012 la Constitución Local se reformó en su artículo 70 párrafo primero, para ampliar el periodo de gobierno municipal hasta por cuatro años, reforma que incluso tuvo que ser avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a la acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento Ciudadano, inmediatamente, en el párrafo segundo del artículo en cita se establece la no reelección para los ediles.
Desde nuestro punto de vista, la reforma constitucional en el Estado de Veracruz, para extender el periodo de la administración municipal hasta por cuatro años, choca con la reforma política, en el sentido, que los Presidentes Municipales que sean reelectos, gobernarían hasta por un periodo de ocho años, lo cual, no está en concordancia con las administraciones locales e incluso federales, toda vez, que el Presidente de la República como el Gobernador del Estado, ejercen su mandato por un periodo de seis años, en tal razón, estamos ante una situación que no es homogénea entre las autoridades ejecutivas en sus periodos de gobierno, de tal suerte, que él Legislador Veracruzano, habrá de nueva cuenta de hacer ajustes a la Constitución, para regresar el periodo de gobierno de los alcaldes a como estaba antes de la reforma del año 2012, es decir a periodos de tres años, para que así, los alcaldes que sean reelectos gobiernen sus respectivos municipios por un periodo de seis años, lo cual estaría en plena concordancia con los gobiernos del Ejecutivo Federal y Local, ¡claro está!, salvo que se mantenga el periodo municipal de cuatro años.
Uno de los tópicos legislados y que rompieron con años de tradición política, en el sentido de ser un legado histórico, fue el de la “reelección”, lo cual era considerado como la base de nuestro sistema político, de tal suerte, que en nuestro país se fue creando una cultura anti reeleccionista.
Independientemente de los antecedentes políticos-jurídicos de la no reelección y del contexto histórico en el que este surge; lo cierto es, que en el año 2013, con la reforma política, senadores, diputados y alcaldes pueden reelegirse.
Podemos hablar de una reelección relativa, misma que alcanza a los alcaldes electos del Estado de Veracruz, para el periodo del año 2018, no olvidemos que en el año 2012 la Constitución Local se reformó en su artículo 70 párrafo primero, para ampliar el periodo de gobierno municipal hasta por cuatro años, reforma que incluso tuvo que ser avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a la acción de inconstitucionalidad promovida por Movimiento Ciudadano, inmediatamente, en el párrafo segundo del artículo en cita se establece la no reelección para los ediles.
Desde nuestro punto de vista, la reforma constitucional en el Estado de Veracruz, para extender el periodo de la administración municipal hasta por cuatro años, choca con la reforma política, en el sentido, que los Presidentes Municipales que sean reelectos, gobernarían hasta por un periodo de ocho años, lo cual, no está en concordancia con las administraciones locales e incluso federales, toda vez, que el Presidente de la República como el Gobernador del Estado, ejercen su mandato por un periodo de seis años, en tal razón, estamos ante una situación que no es homogénea entre las autoridades ejecutivas en sus periodos de gobierno, de tal suerte, que él Legislador Veracruzano, habrá de nueva cuenta de hacer ajustes a la Constitución, para regresar el periodo de gobierno de los alcaldes a como estaba antes de la reforma del año 2012, es decir a periodos de tres años, para que así, los alcaldes que sean reelectos gobiernen sus respectivos municipios por un periodo de seis años, lo cual estaría en plena concordancia con los gobiernos del Ejecutivo Federal y Local, ¡claro está!, salvo que se mantenga el periodo municipal de cuatro años.