lunes, 14 de enero de 2013

La violencia en contra de la mujer y las nuevas reformas penales en su prevención como ley muerta

José de Jesús Rodríguez Fernández
Mtro. en Derecho Procesal Penal y Criminología

Él gran padre de Sociología Jurídica Eugen Ehrlich, en sus estudios de los fenómenos sociales en la creación de la ley, desde la clásica revolución francesa, misma que nos dejó el legado m{as importante para sociedad en el mundo del derecho;  y que fue "La Constitución", que viven en un país democrático como el nuestro, el legado jurídico es: "los derechos humanos como garantías constitucionales producto de la buena convivencia social social".
Eugen Ehrlich, dejo plasmado en su doctrina y literalmente dijo esto a letra:   "El centro de gravedad del desarrollo del derecho , no reside en en la legislacion , ni en la ciencia jurídica, ni en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma", interpretativamente se le da lectura jurídica a este legado del autor como: "son los fenómenos sociales quien hacen las leyes, y donde el estado se debe de pronunciar en al creación de dichos ordenamientos jurídico como preventivos de lo que la sociedad reclama. Sin duda que la frase del dicho doctrinario es la verdad jurídica de los fenómenos sociales quienes le dan vida a la fuente de desarrollo de las leyes; y es justamente propio del tema que nos ocupa en la perención de los delitos en favor de la mujer de la violencia en su contra,  y que en las reformas penales recientes en nuestro código penal veracruzano, "ahí permanecen como letra muerta"; o bien como dijera el propio doctrinario Eugen Ehrlich, "cuando el estado no ejerce la voluntad social se le llama, "ley seca".
Los grandes fenómenos sociales son quienes verdaderamente hacen la ley, y nuestro país México en pleno siglo XXI sigue prevaleciendo lo que coloquialmente se le denomina "machismo"; es por ello que nuestro sistema penal veracruzano a la altura de los reclamos sociales en contra de la violencia de genero o de la mujer, legisló y  tienen vida  vigente en nuestro código punitivo, siendo de forma interpretativa las siguientes: TITULO XXI-DELITOS DE VIOLENCIA DE GENERO-CAPITULO I, "DE LA VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA"....ARTICULO 361.- "a quien de manera publica o priva ejerza violencia en contra de una mujer, se le impondrán de seis meses a dos de prisión; pero si la mujer se encuentra embarazada o en periodo de puerperio(periodo de tiempo que sigue inmediatamente al parto), se le impondrán hasta en una mitad, es decir, de un año a cuatro años de prisión; en este capitulo la pregunta es..¿que mujer no ha sufrido violencia y que no denuncia por desconocimiento de la propia ley?...CAPITULO II, "VIOLENCIA ECONÓMICA O PATRIMONIAL", . ARTICULO 362.- " a quien realice actos que afecten los bienes comunes de la pareja o del patrimonio propio de la mujer, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión; actos dirigidos a privar de a la mujer de los medios económicos indispensables para su subsistencia, o a impedirle satisfacer sus necesidades básicas o de las de su familia; al varón se le puede incrementar hasta de seis años de prisión", al igual la misma interrogante..¿que varón con su irresponsabilidad después de cobrar su quincena , semana, etc., se va de juerga y llega al espacio familiar sin dinero?, y así con esa conducta típica expone a la mujer a que sufra de todos actos en la manuntension de su vida y la de sus hijos, al ir pedir dinero prestado, fiado al de la tienda, la carnicería, etc; arrojándola a la humillación, desolación, y sobretodo a "a ser una carnada sexual por quien les proporcione la ayuda económica"...CAPITULO III, "VIOLENCIA OBSTETRICA". ARTICULO 363.- "comete este delito el personal de salud que: 1.- no atienda o no brinde atención oportuna y eficaz a las mujeres en el embarazo, parto, puerperio, o en emergencias obstetricias. 2.- altere el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnica de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer. 3..- si el parto fuera natural, sin el consetimiento expreso de la mujer, se le realice por vía de la cesárea. 4.- sin causa medica justificada obstaculice el apego del niño o la niña con su madre, medinate la negación a ésta de la posibilidad de cargarle o de amamantarle inmediantamente después de nacer(en esta parte legislada se preve el robo de infantes); a quien realice estos actos obstetreticos se le impondrá una sanción hasta de cuatro años de prisión, y posible destitución e inhabilitación del ejercicio medico...al igual ¿cuantas mujeres llegan al hospital, y son tratadas hasta de forma humillante por el persona medico, de actos ya conocidos socialmente?......CAPITULO IV-"VIOLENCIA EN EL ÁMBITO FAMILIA". ARTICULO 364.- se le impondrán se seis meses a dos años de prisión, a quien en el interior de una familia, y en contra de una persona del sexo femenino integrante de la familia por los actos siguientes: 1.-ejerza una selección nutriciónal. 2.- prohiba injustificadamente iniciar o continuar actividades escolares o laborales licitas. 3.- asigne trabajo domestico que la subordine en favor de los integrantes del sexo masculino de la familia. 3.- imponga profesión u oficio. 4.- obligue a establecer relación de noviazgo, concubinato o de matrimonio con persona ajena a su voluntad. 5.- limite, prohiba o condicione el acceso y uso de métodos de salud sexual y reproductiva......¡¡sin duda que estos delitos están a luz diaria!!, y que ningún hombre puede obstaculizar como es que se debe de alimentar la mujer, es decir, que le diga "ya estas gorda, come verduras, etc", muchas mujeres quieren seguir estudiando para acrecentar su vocación por alguna carrera profesional, o que hayan dejado truncada para su realización profesional, al igual trabajar en su favor y de familia, ¿cuántas niñas los padres les dicen "vas a estudiar esto, porque yo siempre quise ser esto", ¿cuántas mujeres llegan los suegros o familiares del esposo, concubino o pareja, y le ordena que haga comida y atienda a su familia?., ningún varón puede asignar a ninguna mujer profesión u oficio mientras sean lícitos, los métodos preservativos sexuales y reproductivos debe ser con la libertad de la mujer; estas reformas penales también son para las hijas.....
CAPITULO V. "VIOLENCIA INSTITUCIONAL". ARTICULO 365.- " a quien en el ejercicio de la función pública dilate, obstaculice, niegue la debida atención  o impida el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso a programas, acciones, recursos públicos y al disfrute de políticas públicas, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión, y hasta la destitución o inhabilitación del servidor público... ¿cuántas mujeres diariamente sufren el calvario para la obtención del crecimiento a otro peldaño por propio esfuerzo y conocimiento laboral?,  sin que exista  "el acoso sexual", y demás vicios ya conocidos, pero desde hoy ya pueden denunciar a quien les impida este derecho.......CAPITULO VI. "VIOLENCIA LABORAL". ARTICULO 366.- "a quien obstaculice o condicione el acceso de una mujer a un empleo, mediante el establecimiento de requisitos referidos a su sexo, edad, apariencia física, estado civil, condición de madre o no, sometimiento a exámenes de laboratorio o de otra índole para descartar estado de embarazo, se le impondrán de seis a dos años de prisión......¿pero cuantas mujeres diariamente sufren estos atentados en contra de su dignidad humana, y la violación a sus derechos humanos?, llamados jurídicamente "DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS", y que lo preve nuestra Constitución Federal en su articulo 1o ultimo párrafo, asimismo nuestro código penal como delito en su artículo 196 con una penalidad hasta de dos años.....CAPITULO VII. "VIOLENCIA EN EL ÁMBITO EDUCATIVO".
ARTICULO 367.- se le impondrán de seis meses a tres años de prisión 1.- a quien obstaculice, condicione o excluya a las mujeres o a las niñas el acceso o permanencia en la escuela o centro educativo, por cualquier circunstancia que atente en contra de la discriminación. 2.- dañe la autoestima de las alumnas o su integridad física o psicológica. 3.- utilice lenguaje, imágenes, materiales educativos de todo tipo o prácticas discriminatorias en cualquier de las etapas del proceso educativo.......¿cuantas niñas, jóvenes y adultas que cursan la educación en diferentes niveles, han sido objeto de discriminación por sus orígenes, etc; y ya en el plano educativo de las jóvenes y adultas los maestros por una calificación el "clásico acoso sexual", o el pedir otra dádiva de objetos; asimismo cuantas niñas, jóvenes y adultas reciben malos tratados psicológicos de parte del personal académico(hombre y varón) en el sentido de regañarlos y decirle hasta "no seas mensa, idiota, no sirves para esto, burra, ignorante, elegiste mal tu carrera, etc; y con todo ello, crear daños psicológicos permanentes, ni de siga de una violación por una calificación....¡¡¡a denunciar estos actos mal dichos educativos!!!....CAPITULO VII-BIS. "FEMINICIDIO". ARTICULO 347-BIS.- "comete el delito de feminicidio quien por razones de genero priva de la vida a una mujer. Existe, razones de genero cuando se presenta alguna de las siguientes circunstancias: 1.- exista o haya existido entre el hombre y la mujer una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o de cualquier otra relación de echo o de amistad. 2.- exista o haya existido entre el varón y la mujer una relación de trabajo, escolar, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad. 3.- el hombre cause a la mujer lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida; o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, o , éste sea mutilado. 4.- haya exitido por parte del hombre antes de matar a la mujer, amenazas, acoso o lesiones en un lugar publico, y la mujer haya sido incomunicada. A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a 70 años de prisión. 
El estado y los legisladores fueron acertados en estas reformas penales a favor de las mujeres; pero equivocaron la "política criminal", al no darle difución social, sobre todo en los medios de comunicación, en carteles, talleres, conferencias, simposios, etc; y con ello dar a conocer a las mujeres las nuevas reformas penales como medida preventiva y de castigo  a quién o quienes atenten en su contra; y no solo el estado debe de de dar a conocer al núcleo de las mujeres, sino a los servidores públicos que laboran para la procuración y administración de justicia, y que es increíble que algunos no conozcan estas reformas en su aplicación de lo que dicta la letra de la ley penal.

PD. Se utilizaron algunas palabras comunes o coloquiales para el flujo del conocimiento natural; se omiten palabras jurídica para el buen entendido de la ley penal.
correo: jjdelmtroenderecho@gmail.com

jueves, 10 de enero de 2013

Xalapa quiere paz

Uriel Flores Aguayo
Diputado a la LXII Legislatura Federal

El día veinticuatro de noviembre del año pasado me llegó un mensaje poco común por medio de un correo electrónico, en donde se me advertía y amenazaba sobre candidaturas políticas futuras; de la sorpresa pase a una especie de incredulidad, suponiendo que se trataba de una broma de mal gusto, aun así lo compartí con algunos amigos y, especialmente pero con informalidad, con conocidos en la policía estatal de Veracruz y en la Marina Armada de México.
Prácticamente ya me había olvidado del sustito cuando me llegó un segundo mensaje más agresivo y amenazante. Ante la insistencia de quien este atrás de estos actos, las hipótesis pueden ser muchas, me vi en la necesidad de darlo a conocer públicamente y presentar una denuncia penal, dado que estamos ante la comisión de un delito perfectamente tipificado en el código correspondiente. Puedo tener varias interpretaciones, creer que se trata de un ocioso, de un enfermo o de un jueguito con ciertos tintes políticos; lo que no puedo hacer es ocultarlo, sería un error, a pesar de que soy contrario al manejo de ese tipo de asuntos y preferiría mil veces concentrarme en otras tareas. Lo que sea, no merezco, tampoco mi entorno, recibir amenazas de muerte. Lo que procede, entonces, es que la Procuraduría de Justicia local, realice la investigación solicitada para localizar al o autores de este acto condenable.
He recibido muestras extraordinarias de apoyo, de sonrojo, de muchísima gente, de funcionarios y de Senadores y Diputados. Me siento bien por ese lado, las palabras de aliento y los actos concretos de solidaridad son muy valiosos, estimulan y dan confianza. La difusión que ha alcanzado mi denuncia es enorme, en un sentido contrario a lo que, seguramente, pensó quien lo origino. Nada justifica este tipo de conductas, es bajo en lo político y en lo personal, debe ser condenable por todos, solo el
sectarismo primitivo de algunos, pocos, les impide ver la gravedad de tales amenazas. Calcularon mal, no me iba a quedar cruzado de brazos, les tenía que responder y procurar que se me haga justicia. La vida en nuestro Estado en general y en Xalapa, en lo particular, ha estado llena de violencia, como para que algún loquito, espero, venga con esas barbaridades; simplemente con eso no se juega: la tolerancia, la dignidad, la libertad y la seguridad de las personas, políticos o no.
Espero que la Procuraduría efectué una investigación seria y pronta, que nos de buenos resultados y localice al autor de las amenazas. Eso sería muy sano para la vida pública local, pero sobre todo para mis compañeros, amigos y familiares que se preocupan comprensiblemente sobre mi integridad. 
No debo ocuparme de aquellos, intrascendentes, que me culpan a mí de los hechos y hasta se burlan; me parece que su postura es ridícula y ofensiva. La tarea de hoy es localizar al loco y encerrarlo.
Recadito: Ya van tres mensajes similares.

Argentina: el Clarín contra la presidenta Kirchner

Contracolumna
José Martínez M. (*)/ Difunet
México, DF

El grupo Clarín –el monopolio de medios en Argentina– ha puesto de cabeza al gobierno de la presidenta Cristina Fernández viuda de Kirchner. No es una novedad este tipo de conflictos en Latinoamérica, al igual que en otras partes del mundo, pero a diferencia de Bolivia, Ecuador y Venezuela, donde los gobiernos han librado verdaderos conflictos por sus ataques a la libertad de expresión, en el caso argentino la batalla es una auténtica pugna de poder. En días recientes el grupo Clarín recibió el respaldo de un millón de seguidores en tanto la presidenta Cristina Fernández obtuvo el apoyo de un poco más de 500 mil simpatizantes.
Está rivalidad se comenzó cocinar a fuego lento en los últimos cuatro años hasta llegar a su climax con la prorroga a la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín ante el ultimátum que obligaba la Ley de Medios a terminar con los monopolios mediáticos a partir del último minuto del viernes 7 de diciembre.
Horas antes de que feneciera el plazo fatal la Cámara en lo Civil y Comercial Federal extendió el plazo para la aplicación de dos artículos “hasta que haya sentencia definitiva”. Lo hizo luego de rechazar las recusaciones de todos los miembros de esa cámara presentada por el Gobierno. 
En un duro comunicado de los jueces de todo el país al gobierno de la presidente Cristina Fernández se le hizo notar que “la independencia del Poder Judicial es fundamental para el funcionamiento de la democracia”. En ese sentido la Comisión Nacional de la Independencia Judicial, que integran las juezas de la Corte Elena Highton y Carmen Argibay, manifestó que recibió la preocupación de jueces y juezas de todo el país por “hechos que agreden institucionalmente” a un Poder del Estado y a todos los ciudadanos ya que “la Justicia es para todos”.
La presidenta Fernández viuda de Kirchner se encuentra confrontada con el Poder Judicial y con uno de los poderes fácticos de ese país, como lo es el grupo Clarín que ejerce un contrapoder y es el que se ha encargado de poner la agenda política un día sí y otro también.
Esta confrontación se ha dado en paralelo al tercer juicio sobre los crímenes cometidos en la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA), uno de los dos principales centros clandestinos de detención de la última dictadura cívico-militar de Argentina (1976-1983), que comenzó hace unas semanas, pero aún no se ha acabado la lectura de las acusaciones contra los 68 imputados. Este sería el mayor proceso judicial que se ha hecho contra el régimen, en el que se juzgarán delitos de lesa humanidad contra 789 personas, la mayoría de ellas víctimas de los llamados vuelos de la muerte. Se estima que este juicio durará dos años y declararán alrededor de 900 testigos.
En este contexto la presidenta Cristina Fernández ha señalado directamente al grupo Clarín de haber sido uno de los principales soportes de la dictadura militar. 
Es por eso que dos días después del fallo judicial a favor del grupo Clarín el gobierno de Cristina Fernández con motivo de los 29 años del final de la dictadura convocó a la “fiesta de la democracia y los derechos humanos”, en donde la jefa de Estado tomó la palabra en la Plaza de Mayo en un discurso que se retransmitió por cadena nacional de radio y televisión y en todas las otras ciudades donde se organizaron actos. La presidenta se refirió al revés que sufrió su Gobierno cuando un tribunal de segunda instancia suspendió la obligación de desinvertir que la ley de servicios audiovisuales imponía sobre el Grupo Clarín, considerado el principal enemigo del kirchnerismo.
En ese acto la presidenta Cristina Fernández demando que es necesario que haya mayor independencia del Poder Judicial no sólo del poder político, sino del poder económico y de las corporaciones. “Demandamos mayor democratización en los tres poderes del Estado. Hay magistrados que dejan en libertad a personas que vuelven a delinquir y matar, por eso necesitamos una justicia que sirva al pueblo; que sea menos corporativa”. Por eso en su lucha contra Clarín exigió al Poder Judicial que “respete la voluntad del Parlamento”, que aprobó la Ley de Medios con el voto del kirchnerismo, como del bloque socialista y de otras fuerzas de izquierda.
El debate en torno a Ley de Medios que ha dividido al Estado argentino y que también ha provocado una diáspora entre los intelectuales y ente la prensa misma viene arrastrando un viejo pasado. 
Todo comenzó cuando la dictadura militar bajo estrictas medidas de censura implementó la Ley de Radiodifusión 22.285, que fue promulgada en 1980 y que se mantuvo vigente hasta el 10 de octubre de 2009 año que entró en vigor la nueva Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual que establece las pautas que rigen a partir de entonces el funcionamiento de los medios radiales y televisivos en la República Argentina y la que se proponía que a partir del último minuto del 7 de diciembre de 2012 diera punto final a los monopolios mediáticos.
En agosto de 2009, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto de ley a la Cámara de Diputados para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido por un año, en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país, una propuesta de proyecto de ley basada en veintiún puntos presentados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004.
El proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados fue aprobado por este órgano legislativo luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones, adquiriendo de esta manera la media sanción. En la Cámara de Senadores fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra.
De acuerdo al gobierno de la presidenta Cristina Fernández la aprobación y reglamentación de esta nueva ley significaría un cambio radical en el sistema público y privado de los medios audiovisuales, abriendo y garantizando la participación de instituciones públicas, organizaciones sociales y la ciudadanía en su conjunto como productores activos de la comunicación social.
Si bien este propósito ha merecido el apoyo de amplios sectores sociales al gobierno de la presidenta Cristina Fernández, principalmente de los intelectuales, no han sobrado quienes le han recordado a la jefa del gobierno argentino que no debe imponerse el peso del Ejecutivo sobre otros poderes, pues el Reglamento de 1811, primer texto constitucional de la Argentina, empezaba prohibiéndole al Ejecutivo “conocer en asunto judicial alguno” o “avocarse a causas pendientes”, que la interpretación de la Constitución y las leyes debe ser potestad exclusiva del Poder Judicial, “sin ninguna limitación en cuanto a la validez de sus decisiones”. Ese principio fue establecido en la Constitución de 1853 y ha sobrevivido a todas las reformas, incluida la de 1949. Es el actual artículo 116 de la Carta Magna que establece: “Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación”.
En sentido el Grupo Clarín respaldado en su inconformidad por el Poder Judicial ha señalado que seguirá a derecho, por lo que en un comunicado de ese conglomerado de medios, luego de que la Cámara prorrogara la medida cautelar en la causa por la Ley de Medios, emitió su punto de vista:
“Hace instantes el Grupo Clarín ha sido notificado de la resolución de la Cámara Federal Civil y Comercial que dispone la extensión de la cautelar hasta que exista sentencia definitiva sobre la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley de medios.
“Como durante todo el trámite de esta causa, el Grupo Clarín seguirá a derecho, respetando la Constitución, la ley y los fallos de la Justicia.
Buenos Aires, 6 de Diciembre de 2012”.
Si bien el Grupo Clarín ha mostrado su músculo y goza del apoyo de los grupos concéntricos de poder, la presidenta Cristina Fernandez cuenta con el apoyo de los intelectuales aglutinados en torno al Espacio Carta Abierta que es un conjunto de intelectuales reunidos en defensa del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner desde que en marzo de 2008 asumió los retos y las consecuencias de su enfrentamiento con las patronales del campo, que realizaron una serie de medidas para interrumpir algunas actividades económicas, como el transporte interurbano, las exportaciones agrarias, bloqueos de rutas y puertos, a lo que ahora se suma la pugna con el grupo Clarín.

*José Martínez M., es periodista y escritor. Es Consejero de la Fundación para la Libertad de Expresión (Fundalex). Es autor del libro Carlos Slim, Los secretos del hombre más rico del mundo, y otros títulos, como Las enseñanzas del profesor. Indagación de Carlos Hank González. Lecciones de Poder, impunidad y Corrupción y La Maestra, vida y hechos del Elba Esther Gordillo.